Cancelar deudas de tarjetas de crédito
Elige especialistas en deudas y en la Ley de Segunda Oportunidad
Si las cuotas de tus tarjetas ya no te permiten llegar a fin de mes, existe una salida legal. La Ley de Segunda Oportunidad puede permitirte cancelar las deudas de tus tarjetas si cumples sus requisitos. En muchos casos sin perder tu vivienda habitual u otros bienes.
En Elimina Tus Deudas analizamos tus tarjetas, préstamos y demás deudas. En base a eso, analizaremos si puedes cancelar deudas de tarjetas de crédito con este procedimiento. Asesoramos a particulares y autónomos de toda España, con atención online y sede en Madrid.
Más de 80 expedientes tramitados en juzgados mercantiles de toda España avalan nuestro servicio. Si nos contactas, te responderemos en menos de 24 horas laborales.
Cancela tus deudas de tarjetas y rompe el ciclo del crédito
Pagar una tarjeta cada mes no siempre significa reducir la deuda. Esto ocurre especialmente con las tarjetas revolving. Sus cuotas pueden ser bajas, pero la deuda puede mantenerse durante años.
Por eso, no nos limitamos a reclamar intereses abusivos. Estudiamos si puedes cancelar la deuda mediante la Ley de Segunda Oportunidad.
Analizamos tus tarjetas de crédito
Revisamos contratos, extractos, cuotas e intereses. Así determinamos qué deuda tienes y qué opciones legales existen para resolverla.
Revisamos tus tarjetas revolving
Revisamos si hay motivos para reclamar. Por ejemplo, por posible usura o por falta de transparencia en las condiciones del crédito revolving.
Estudiamos todas tus tarjetas
Si tienes varias tarjetas, analizamos el conjunto de tus deudas. Así podemos plantear una estrategia que no se limite a una sola entidad.
Incluimos otros créditos
También revisamos préstamos personales, microcréditos, descubiertos y otras deudas financieras. Buscamos una solución global a tu situación.
Analizamos tus impagos
Si estás en ASNEF o tienes reclamaciones, estudiamos cómo afectan a tu caso. Esto no impide acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
Buscamos la mejor vía legal
Analizamos tus ingresos, patrimonio y deudas. Con toda la información, determinamos si la exoneración puede ser adecuada para ti.
Por eso, no nos limitamos a reclamar los intereses de una tarjeta revolving. Analizamos tu situación completa para determinar si puedes cancelar tus deudas mediante la Ley de Segunda Oportunidad.
Si existe una vía para reclamar los intereses, también la estudiamos. Pero nuestro objetivo es ir más allá de una tarjeta concreta y buscar una solución global a tu sobreendeudamiento.
¿Cómo cancelar una deuda de tarjeta de crédito?
Primero hay que conocer qué deuda tienes y cómo se generó. No todas las tarjetas funcionan igual. Tampoco todas las deudas reciben el mismo tratamiento legal.
La Ley de Segunda Oportunidad permite que una persona física solicite la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), conforme a los artículos 486 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal. Esta vía puede alcanzar deudas procedentes de tarjetas de crédito y revolving. Si cumples los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, también puede aplicar a otras deudas.
La estrategia depende de tus ingresos, patrimonio, acreedores y tipo de deuda. Podemos analizarlo para encontrar la mejor solución.
Dos vías para solucionar tu deuda
No todos los casos se resuelven de la misma manera. A diferencia de los servicios centrados únicamente en reclamar una tarjeta revolving concreta, analizamos el conjunto de tu situación financiera.
Nuestro objetivo no es únicamente conseguir una devolución por los intereses de una tarjeta. Estudiamos si puedes cancelar tus deudas mediante la Ley de Segunda Oportunidad. Cuando corresponda, combinamos ambas vías.
1. Exoneración de la deuda
La Ley de Segunda Oportunidad permite solicitar la exoneración de las deudas que sean legalmente exonerables. Puedes incluir deudas de tarjetas, préstamos, microcréditos y otros créditos.
El objetivo es cancelar la parte de la deuda que legalmente pueda quedar exonerada.
2. Reclamación de intereses
Algunas tarjetas, especialmente las revolving, pueden requerir un análisis adicional. Revisamos el contrato, los intereses y los movimientos de la tarjeta. Si existen motivos para reclamar, valoramos esta vía junto con la Ley de Segunda Oportunidad.
No siempre interesa reclamar una tarjeta de forma aislada. Podemos analizar todo.
Tarjeta de crédito y tarjeta revolving: ¿son lo mismo?
No todas las deudas de tarjetas funcionan igual. Por eso, antes de plantear una solución, analizamos qué tipo de tarjeta tienes y cómo se ha generado la deuda.
- Tarjeta de crédito: permite realizar compras o disponer de dinero. Luego, es posible devolverlo de una vez o mediante pagos aplazados.
- Tarjeta revolving: permite devolver el crédito mediante cuotas periódicas. Los intereses pueden hacer que la deuda tarde mucho en reducirse.
En ambos casos, analizamos tu contrato, tus extractos y el resto de tus deudas. Así podemos determinar qué vía es útil según tu situación.
Así trabajamos para cancelar tus deudas de tarjetas
Analizamos tu situación desde el primer momento. Nuestro objetivo es determinar si existe una vía legal para reducir o cancelar tus deudas. En otras palabras: que puedas volver a empezar y disminuyas la incertidumbre o el estrés financiero.
Te acompañamos de principio a fin, con un equipo jurídico especializado y absoluta confidencialidad. Así lo hacemos:
1. Estudio de viabilidad a medida
Analizamos tus ingresos, gastos, patrimonio e insolvencia. Revisamos tus deudas para ver si la Ley de Segunda Oportunidad puede aplicarse.
2. Revisión de las tarjetas
Estudiamos contratos, extractos, cuotas y deuda pendiente. Identificamos tarjetas revolving y posibles reclamaciones.
3. Análisis de todas tus deudas
No estudiamos las tarjetas de forma aislada. Revisamos préstamos, microcréditos, descubiertos y demás obligaciones.
4. Diseño de toda la estrategia
Determinamos la vía más adecuada para tu situación. Puede incluir reclamaciones, exoneración o ambas vías cuando proceda.
5. Tramitación y seguimiento
Preparamos la documentación y presentamos el procedimiento. Nuestro equipo realiza el seguimiento hasta la resolución judicial.
Preguntas frecuentes sobre cancelar deudas de tarjetas de crédito
¿Puedo cancelar una deuda de tarjeta de crédito mediante la Ley de Segunda Oportunidad?
Sí, puede incluirse en el procedimiento. Las deudas de tarjetas de crédito y revolving son créditos privados ordinarios. Son 100 % exonerables (art. 489 del Texto Refundido de la Ley Concursal). Primero hay que comprobar que cumples los requisitos.
¿Puedo cancelar solo las deudas de mis tarjetas?
Si las tarjetas son tus únicas deudas, pueden ser el núcleo del procedimiento. Si además tienes préstamos, microcréditos, descubiertos u otras obligaciones, deben analizarse conjuntamente. La exoneración se aplica a las deudas que legalmente puedan quedar comprendidas en la EPI. No conviene estudiar únicamente una tarjeta aislada.
¿Qué diferencia hay entre cancelar una tarjeta y cancelar su deuda?
Son dos cosas diferentes. Cancelar la tarjeta significa dejar de utilizarla. No elimina el saldo pendiente. Para cancelar la deuda necesitas pagarla o conseguir su exoneración mediante una vía legal.
¿Puedo cancelar una tarjeta revolving por sus intereses?
Depende del contrato y de las circunstancias del caso. Revisamos los intereses, el contrato y los movimientos de la tarjeta. Si existen motivos para reclamar, podemos valorar esa vía. También estudiamos si la deuda puede incluirse en la exoneración.
¿Qué pasa si tengo varias tarjetas y préstamos?
Puedes incluir diferentes deudas dentro de un mismo procedimiento de insolvencia. Por eso, analizamos conjuntamente tus tarjetas, préstamos, microcréditos y otras obligaciones. Así determinamos qué deudas pueden quedar incluidas.
¿Puedo solicitar la Ley de Segunda Oportunidad si estoy en ASNEF?
Sí. Estar en ASNEF no impide por sí mismo solicitar la Ley de Segunda Oportunidad. Lo importante es analizar tu situación de insolvencia y comprobar que cumples los requisitos de deudor de buena fe del artículo 487 del Texto Refundido de la Ley Concursal.
¿Qué pasa si ya no puedo pagar las cuotas de mis tarjetas?
Dejar de pagar no hace desaparecer la deuda. La entidad puede reclamar las cantidades pendientes y aplicar las consecuencias previstas legalmente. Si ya no puedes asumir las cuotas, conviene estudiar cuanto antes tus alternativas legales y no cometer errores frecuentes en la Ley de Segunda Oportunidad.
Cancela tus deudas de tarjetas con una estrategia adaptada a tu caso
En Elimina Tus Deudas estamos especializados en la Ley de Segunda Oportunidad y la cancelación de deudas.
Tenemos honorarios claros, por 150 €/mes aproximadamente. Sin entrada y sin porcentajes sobre la deuda exonerada. Con confidencialidad absoluta.
Asesoramos a particulares y autónomos de toda España. Solicita un estudio gratuito de tu caso.